| Experto chileno sugiere que ley de Acceso a la Informaciуn en Bolivia tenga un organismo de control |
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El experto chileno Moisés Sánchez, en conferencias y seminarios para periodistas que dictó en las ciudades bolivianas de La Paz y Santa Cruz, sugirió que el proyecto de ley de Transparencia Acceso a la Información Pública en Bolivia que se estancó en la Asamblea Legislativa hace más de dos años y cuya aprobación el Gobierno se comprometió a agilizar hace dos semanas, establezca la creación de un órgano autónomo e independiente encargado de resolver los conflictos entre los ciudadanos solicitantes y el Estado. El proyecto de ley establece en su artículo 21 que el control en la atención de las solicitudes de información será ejercido por el superior jerárquico, a éste por la máxima autoridad y a la máxima autoridad por la entidad que ejerza tuición sobre ella, no se refiere a ningún organismo específico encargado de resolver conflictos, aunque advierte que el responsable de proporcionar información y que arbitrariamente impida, retrase, dificulte o restrinja el acceso a la información, o la suministre en forma incompleta será pasible al establecimiento de responsabilidades administrativa, ejecutiva, civil o penal, según corresponda. Sánchez, abogado de profesión, especialista en acceso a la información y director ejecutivo de la Fundación Proacceso, de Chile, ofreció del 17 al 21 de mayo en La Paz y Santa Cruz, 10 conferencias sobre el tema durante visitas a medios de comunicación, y dos desayunos seminarios organizados por la Asociación Nacional de la Prensa con el auspicio de Unesco, AECID, Avina y Cainco, en los que participaron 309 periodistas en ejercicio del país. El experto explicó que una ley modelo de Acceso a la Información se debate en la Organización de Estados Americanos (OEA). Este documento, dijo, intenta ordenar la discusión de los últimos 10 años sobre este tema, y “probablemente” será aprobada en la Asamblea General de la OEA, que se realizará durante la primera semana de junio, en la ciudad de Lima, Perú. “Esta ley modelo se pronuncia respecto a la necesidad de contar con un órgano autónomo o que reúna características de independencia, que resuelva aquellos conflictos que se producen entre las personas (ciudadanos, periodistas, empresarios, etc) que solicitan información, y el Estado. Este órgano será el encargado de definir el estándar de transparencia que regirá en un país. Cuando un ciudadano no está de acuerdo con la respuesta, puede acudir a esta entidad autónoma, (instancia también denominada) consejo de transparencia o de acceso a la información, y presentar el reclamo. Lo que hará este consejo es examinar si el argumento o la razón que dio el Estado para negar esta información se justifica o no según el contexto nacional, la realidad política, etc”. Puntualizó que el proyecto de ley boliviano fue desarrollado hace varios años y “tal vez a la luz de los estándares y las discusiones que surgieron desde el año 2006 en adelante sobre este tema, sería interesante ver cómo se podría complementar se con el de la OEA”. El proyecto ingresó al Parlamento en agosto de 2008, pero la discusión se estancó en la Cámara de Diputados. El 10 de mayo de 2010, la Ministra de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, Nardy Suxo, posesionó a la viceministra de Prevención y Promoción de Ética, Dubeysa Palacios, a quien le encargó gestionar la aprobación de esta ley en la Asamblea Legislativa. “Ésa es una tarea pendiente. El acceso de todos los ciudadanos a conocer lo que hacemos los servidores públicos y de todas las instancias que reciben recursos del Estado es importante”, argumentó la ministra Suxo durante el acto de posesión, según reflejó el periódico La Razón. Sánchez subrayó en las conferencias que “el proyecto de ley tiene una carencia, y es la necesidad de saber quién garantizará que se cumpla el acceso a la información. La Ley modelo de la OEA reconoce la necesidad de que sea una entidad autónoma, el proyecto de ley no la establece, y gran parte de la eficiencia de estos sistemas depende de que existan personas independientes que cuando exista un conflicto, lo resuelvan y lo definan”. Son muy pocos los países de América Latina que no tienen leyes de acceso a la información: Venezuela, Argentina, Brasil , Paraguay y Bolivia. “Hay muchos procesos de discusión legislativa que están en pleno desarrollo, en Brasil y Argentina se considera a la Ley modelo, aún antes de haber sido aprobada oficialmente, como un insumo importante para nutrir a las leyes que se discuten en los Congresos nacionales”. Los temas que Sánchez destaca del proyecto de ley
“Otro se relaciona con la necesidad de camuflaje. Si se hace periodismo de investigación en mayor o menor grado, si se acude a una entidad pública, y se le pregunta cuánto dinero gasta en café y galletas para las reuniones de gabinete, y se identifica como trabajador de cualquier medio, claramente, quien recibe la solicitud sabrá que en algún momento esa información se convertirá en una nota periodística, y tratará de encubrirse y minimizar el impacto mediático. En México y Nicaragua se presentaron casos en los que cuando la autoridad pública detectó que había una solicitud que generaría un contenido informativo, hicieron una declaración pública para adelantarse o lanzaron un paquete de propuestas de medidas, y al final del día, cuando el periodista solicitante recibía la respuesta, el contenido ya no tenía mayor valor. De ahí la necesidad de generar cierto anonimato. Primero para que no nos identifiquen y segundo para que no sepan hacia dónde vamos. En México, el primer solicitante es Mickey Mouse, y el segundo es Winnie de Pooh.
“Por ejemplo, si se le solicita al Ministerio de Salud si tiene un estudio científico o epidemiológico que se vincule a los que sucedió con el virus AH1N1 en la ciudad de La Paz en el año 2009, si es que esta entidad pública no realizó un estudio de este tipo, no tiene por qué hacerlo. Pero una cosa muy distinta es si le pregunta cuáles fueron las medidas que adoptó la autoridad durante el período crítico, las licitaciones de las vacunas, las características de las personas que se vacunaron, todo eso requerirá un procesamiento de información aunque sea mínimo, y es información pública, y en ese sentido el Estado no debiera argumentar de que es generar información, cuando solamente es sistematizarla”.
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